Consentimiento y la “encerrona trágica”
Por Natalia Soledad López
*Este artículo intentará interpelar a los/as lectores/as sobre lo paradójico del consentimiento sexual en al ámbito laboral.
Las personas continúan negando, justificando y racionalizando la existencia del acoso sexual en el marco de las relaciones sociales. En los ámbitos laborales entre otros, el fenómeno de acoso sexual de hombres hacia mujeres, continúa desplegándose de forma significativa.
Para comenzar a desarrollar el tema en cuestión, es necesario hacernos algunas preguntas: ¿Qué entendemos cuando hablamos de consentimiento sexual? ¿Cuándo una mujer está en condiciones de prestar consentimiento? ¿Qué entendemos por acoso sexual?
Acoso sexual en el ámbito laboral
Susana Velázquez (1995) explica que el acoso sexual es “un entrecruzamiento entre la sexualidad, la violencia y el poder” e indica que este tipo de conducta puede ser “de índole verbal, visual o física en la medida en que tenga significación sexual, que se manifieste de forma intencional y/o repetitiva, y que provoque tensión, incomodidad, rechazo, desagrado y malestar en la persona a quién está dirigida”. Velázquez recupera el concepto elaborado por Inés Hercovich (1992), quien consideró que “estas prácticas sexuales coercitivas, son conductas masculinas que imponen contenidos sexuales a las actitudes de las mujeres por el mero hecho de ser mujer”(1).
Por otro lado, es necesario tener en cuenta que mientras el ámbito público ha sido históricamente considerado el lugar natural del hombre, el privado estaba reservado a la mujer. La irrupción femenina en el mercado laboral, que implica el ingreso de la mujer a la vida pública, modifica las formas de vinculación entre los géneros. En relación a esto, Velázquez indica que “La mujer (…) recibe en el ámbito público un lugar presignificado de disponibilidad para los varones. Esto significa que simplemente porque las mujeres estén allí, ‘fuera de la casa’, se supone que estarán dispuestas para satisfacer sexualmente los requerimientos masculinos”(2).
Así entendido, el acoso sexual parte de la naturalización de la desigualdad estructural y sistemática en la que se desarrollan los vínculos entre hombres y mujeres. En un sistema que subordina la mujer al hombre (patriarcado), ésta no es respetada como sujeto de derecho sino considerada un objeto al servicio de las necesidades del varón que se encuentra ocupando un puesto de poder.
La eterna justificación o el rol de los estereotipos
Cuando las mujeres son victimizadas en los contextos laborales, los hombres acuden a argumentos de justificación basados en estereotipos de género como por ejemplo: “las mujeres desean ser seducidas”; “son histéricas”; “la mujer es pasiva, el hombre activo”; “no tienen iniciativa”; “la mujer debe ser ‘difícil’, etc. En ese sentido, la resistencia que las mujeres impongan a la “conquista” será decodificada como un “si”.
Estos prejuicios, mitos y creencias sexistas, generan un efecto de naturalización de la cuestión, avalando el abuso del poder.
En ese marco, resulta necesario comprender que la responsabilidad de establecer límites a los abusos masculinos, naturalizados y justificados por la sociedad, recae lamentablemente sobre las mujeres.
Cortar con el ciclo: Alzar la voz
Cuando las mujeres hacen público lo que padecen dentro de las instituciones, se genera un impacto bilateral. Por un lado, hay un intento de efecto liberador y reparatorio por romper el silencio. Por el otro, los dichos la ponen en un lugar de exposición y vulnerabilidad ante el ojo ajeno.
En algunos contextos puede suceder que los varones compañeros, actúen de manera solidaria con sus pares abusadores, defendiendo así la masculinidad hegemónica. En ese sentido, hombres y mujeres cómplices del patriarcado –en su mayoría inconscientemente– pueden apelar a la dudosa moralidad de la mujer acosada a los fines de crear una imagen desacreditada de ella frente a las personas con las que comparte actividades cotidianas. De esta manera, además, la mujer es re-victimizada.
Este contexto genera cambios de conducta y de humor en ella, lo que trae aparejado un desempeño decreciente durante la jornada laboral.
Consentimiento y la “encerrona trágica”
Al analizar estos casos, una de las primeras variables de análisis es si hubo o no consentimiento “¿dijo que SI? o ¿dijo en algún momento que No?” Esta búsqueda de algún tipo de consentimiento, como indica Yolinliztli Pérez Fernández (2016) “descarga total responsabilidad en quien autoriza [la mujer] sin considerar las acciones de quien recibe, pide o vulnera”(3). Además no toma en cuenta el “contexto sociocultural y las experiencias subjetivas de las personas”(4).
No se trata de “consentir” o no, sino de si existe la posibilidad de real de hacerlo.
Las preguntas que deberíamos hacernos son ¿qué papel juega el deseo en ese “consentir”? ¿en qué contexto las mujeres “aceptan”? ¿qué papel juega el miedo a las represalias?
Hay que analizar las desigualdades entre el acosador y la víctima: ¿es él una persona reconocida en la organización? (por su antigüedad, conocimientos, aportes a la organización) ¿es una persona reconocida en la Industria? ¿es un cliente? Estos factores son los que generan una relación compleja donde las posibilidades de decir que No se ven reducidas tanto por temor a las represalias del acosador (quedarse sin trabajo, dejar de ser promovida, no tener un aumento de sueldo), como a sufrirlas si denuncia el acoso (a ser desacreditada, ridiculizada).
Entonces, la víctima se encuentra inmersa en una “encerrona trágica”, como la define el psicoanalista Fernando Ulloa, frente a la ausencia de una mirada integral y con perspectiva de género por parte del Estado, de las instituciones, de los amigos/as, de los compañeros/as de trabajo, de la propia familia, etc. La mujer se halla en una situación cruel, sola frente al victimario, y sin un “tercero de apelación” que corte con el ciclo abusivo.
Afiche que hicieron alumnos de la escuela “Citizens of the World Charter School” de Los Angeles, California.
Notas al pie
(1)(2) Velázquez, Susana. (1995). Violencias cotidianas, violencia de género. Argentina: Paidós.
(3)(4) Pérez Fernández, Yolinliztli (2016). Consentimiento sexual: un análisis con perspectiva de género. Revista Mexicana de Sociología N°78. Pag: 741-767. Recuperado de http://www.academia.edu/28955488/Consentimiento_sexual_un_an%C3%A1lisis_con_perspectiva_de_genero