Hacia una distribución equitativa del cuidado
Por Javier Elena
Esta semana se publicó el decreto 144/2022, que modifica la ley de contrato de trabajo. La norma obliga a aquellas organizaciones que empleen al menos 100 personas, a contar en sus establecimientos con espacios de cuidado para niños y niñas entre los 45 días y los 3 años de edad. Aquellas organizaciones que por alguna razón no puedan ofrecerlo, deberán garantizar el ejercicio de este derecho, pudiendo subcontratar estos espacios, o mediante el pago de los costos que cada trabajador/a realice, como por ejemplo una guardería, o cuidador/a particular.
Distribución de las tareas de cuidado
Esta modificación significa un avance importante en el camino hacia una distribución más equitativa de las tareas de cuidado. Si bien en las últimas décadas las mujeres han ingresado en mayor medida al mercado laboral, también es verdad que al día de hoy, siguen siendo quienes dedican más tiempo a las tareas domésticas y de cuidado no remunerado. Según la OIT, en Argentina se ocupan del 75% de estas tareas.
La causa de esto seguramente tenga que ver con factores culturales, pero que muchas veces se acentúan por la falta de una legislación que promueva una distribución más equitativa. En definitiva, esta desigual distribución de las tareas de cuidado termina siendo un obstáculo para su desarrollo profesional, por lo que esta medida busca promover una distribución más equitativa: que aquellas mujeres a cargo de niños/as puedan conciliar sus trabajos con las tareas de cuidado; y facilitar que cada vez sean más los varones que se involucren en estas tareas.
Lo que nos dejó la pandemia
Las medidas adoptadas durante el 2020 a partir de la pandemia de covid-19 fueron una oportunidad para discutir estos temas, que se plasmaron en nuestro país en la ley de teletrabajo, que entre otras cosas, puso en un primer plano la conciliación del trabajo con las tareas de cuidado.
En un contexto de nueva normalidad, muchas organizaciones apuestan a un esquema híbrido, en donde oficina y teletrabajo se complementan. En estos casos, existe el riesgo de que el trabajo desde casa, más que un beneficio, termine siendo la manera que las mujeres encuentren para continuar con su vida profesional al tiempo que siguen a cargo de las tareas de cuidado.
Por eso es importante esta medida y es urgente este debate. Si queremos una sociedad con igualdad de oportunidades, el Estado y las organizaciones empleadoras deben contemplar lo que implica el cuidado para ellas.
Como desafíos a futuro, sería importante extender esta medida a un universo más amplio que aquellas organizaciones de más de 100 empleados. Aquí el rol del Estado es fundamental, promoviendo que cualquier organización pueda garantizar el derecho de sus trabajadores y trabajadoras a cuidar. Partir de estas medidas específicas es un primer paso necesario hacia un sistema integral de cuidados.
En este sentido, también es urgente la modificación del régimen de licencias por maternidad y paternidad, que hoy otorga 90 días a las madres y 2 días a los padres en el sector privado (mientras que en el público depende de cada jurisdicción). Equiparar los días de licencias, al tiempo que contemplen también las diversas formas que pueden tener las familias. Una progresiva modificación de este régimen fue anunciada por el presidente de la Nación para los próximos años.
Por último, es importante ampliar la mirada respecto de las tareas de cuidado, y no centrarse únicamente en la infancia. No solo niños y niñas, sino también personas con discapacidad, mayores, quienes atraviesan distintas enfermedades. Todos y todas requieren, en algún momento de sus vidas, del cuidado de otra persona. Y es responsabilidad tanto del Estado como de las organizaciones empleadoras que este derecho sea garantizado.